La publicación es una guía para aquellas comunidades indígenas interesadas en implementar Espacios Costeros Marinos de Pueblo Originarios (ECMPO) como figura de protección de su cultura y ecosistemas.
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El Manual para la solicitud de Espacios Costeros Marinos de Pueblo Originarios detalla los requisitos y pasos del proceso de solicitud e implementación de los Espacios Costeros Marinos de Pueblos Originarios (ECMPO), y profundiza en la importancia y alcance de esta figura como herramienta de protección legal del patrimonio cultural de los pueblos originarios y como aporte a la conservación de la biodiversidad, en especial en la Patagonia chilena.
“Con este manual queremos relevar los ECMPO como una figura válida de protección y fortalecimiento de las identidades sociales y culturales, costumbres, tradiciones, lenguas y cosmovisiones de las comunidades indígenas, y facilitar su solicitud e implementación”, señaló Ricardo Álvarez, encargado de conservación a escala local del Programa Austral Patagonia de la UACh, que junto a The Pew Charitable Trusts y el Grupo de Investigación Antropología de la Conservación impulsaron esta iniciativa.
En la primera parte la publicación describe la normativa legal que da origen a los ECMPO, los alcances legales de esta figura una vez declarada, y las condiciones legales y pasos que deben cumplirse para su solicitud e implementación. Incluye además un completo flujograma que resume en forma didáctica todo el proceso de solicitud de ECMPO. En la segunda parte, el texto ahonda en las oportunidades de desarrollo y potencial de conservación sociocultural y ambiental que los ECMPO ofrecen a las comunidades indígenas, con énfasis en aquellas de la Patagonia chilena.
“Si bien los ECMPO nacen con el principal objetivo de resguardar legalmente el derecho ancestral que los pueblos originarios tienen sobre los espacios marino-costeros y, de esa forma, proteger sus tradiciones e identidad cultural, son también una herramienta efectiva para la protección y conservación de la riqueza biológica. Los ECMPO complementan los esfuerzos de protección cultural y ambiental de la zona marino-costera, y a la vez, representan una gran oportunidad de avanzar y fortalecer la gobernanza inclusiva en Chile”, dijo por su parte Makarena Roa, representante del programa Patagonia chilena de la ONG The Pew Charitable Trusts.
Y es que, a pesar de no ser considerados oficialmente como áreas protegidas dentro de la legislación ambiental chilena, la solicitud de los ECMPO -de acuerdo con la ley- lleva implícita la obligación de asegurar la conservación de los recursos naturales comprendidos en el espacio que se solicita. Bancos naturales de bivalvos, zonas de reproducción y crianza de cetáceos y mamíferos marinos, o áreas de nidificación de aves, han sido ejemplos de ello.
“Pienso que el ECMPO es un muy buen instrumento para reivindicar ciertos territorios o áreas donde las comunidades siempre han hecho un uso, y resguardar los recursos naturales y la biodiversidad de los espacios marinos. Es una tremenda oportunidad para la conservación de la biodiversidad y las áreas donde viven las comunidades”, complementa Javier Ancapán del ECMPO Manquemapu en la Región de Los Lagos. “Nuestra principal motivación para crear este ECMPO fue proteger las áreas marinas y resguardar los recursos naturales que existen acá en el área, en el territorio de Mapu Lahual”.
Antes de la creación de los ECMPO
Hasta el año 2008 los usos ancestrales o consuetudinarios de pueblos indígenas, es decir, las prácticas o conductas habituales reconocidas colectivamente como manifestaciones de su cultura (usos pesqueros, religiosos, recreativos y medicinales), no tenían protección legal alguna. Este vacío había gatillado en la década anterior, diversos conflictos entre las comunidades mapuche lafkenche y las actividades industriales que se expandían rápidamente por las costas, como la salmonicultura en el caso de la Patagonia chilena, generando un movimiento social y político para que se reconociera legalmente la relación histórica, sociocultural y ecológica de los pueblos originarios con el mar y sus recursos naturales. El movimiento derivó en la promulgación de la Ley Nº20.249 o “Ley Lafkenche” que crea el Espacio Costero Marino de Pueblos Originarios (ECMPO) con el objetivo de “resguardar el uso consuetudinario de dichos espacios, a fin de mantener las tradiciones y el uso de los recursos naturales por parte de las comunidades vinculadas al borde costero”. La ley fue ingresada al Parlamento en 2005 y promulgada, finalmente, en 2008. A la fecha existen 16 ECMPO declarados en Chile, 14 de ellos en la Patagonia chilena y dos en la Araucanía.
A lo largo de toda la publicación se incluye el testimonio de diversos miembros de ECMPO ya decretadas o en tramitación, en relación con su experiencia con la solicitud, implementación, manejo y aporte de estas áreas.
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